Coleutivu Ecoloxista d’Avilés

November 17, 2006

En contra del derribo de la térmica de ENSIDESA

ASPECTOS SIGNIFICATIVOS: 

En estos días se esta produciendo el vaciado de enseres de la térmica de ENSIDESA en Avilés, tienen previsto su derribo en breve. Esta central  está incluida en el Registro del DOCOMOMO IBÉRICO. En 1996 se incluyó en el Inventario del Patrimonio Histórico – Industrial de Asturias y sigue incluida. 
 
Con la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, del Patrimonio Cultural de Asturias se establece un periodo de diez años para la protección preventiva de una serie de bienes, entre ellos afectados "las muestras más destacadas de la arquitectura y de la ingeniería moderna y contemporánea", que "quedan sometidos al régimen de los bienes incluidos en el Inventario  del Patrimonio Cultural de Asturias, salvo que expresamente la Consejería deseche su inclusión”. (Disposición transitoria tercera. Protección preventiva de bienes, art. 1 y 2, Ley 1/2001). 
 
La Central Térmica podemos entender que estaría amparada por esta Disposición de la Ley desde marzo de 2001 hasta 2011, ya que representa una muestra singular de la arquitectura industrial contemporánea en Asturias como atestigua su inclusión en el DOCOMOMO.

En cualquier caso, el articulo 24 de la Ley de Patrimonio  regula  el procedimiento de inclusión en el Inventario que es  idéntico al de exclusión ( En ambos casos se necesita por tanto informe favorable del Consejo (no de Comisión) de Patrimonio y de, al menos, una de las Instituciones consultivas. 
 
 Si como se dijo los bienes amparados en esta disposición quedan sometidos al régimen de los bienes incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, ello implica que cualquier actuación mayor sobre un bien que se encuentre en esta situación, debe ser informada y autorizada por la Consejería de Cultura.  También en la elaboración, modificación o revisión de planes urbanísticos  y proyectos de urbanización, que afecten a estos bienes se precisará informe favorable de la  Consejería de Cultura (art. 59 y 60, Ley 1/2001). 
 
En el reciente Catálogo Urbanístico de Protección de Avilés, aprobado definitivamente en julio de 2006, no figura en el registro de bienes del patrimonio industrial la Central Térmica.  La exclusión del mencionado Catálogo de este singular inmueble que ha sido reconocido por la comunidad científica, expertos y  técnicos  como elemento de gran valor patrimonial, no puede  o debe justificarse.
 

Por todo lo indicado, se DENUNCIA: 

  • El vaciamiento de enseres que se esta produciendo sin tener autorización ni licencia.
  • Se paralice cualquier actuación que afecte al conjunto a día de hoy inventariado.
  • Se nos informe del desarrollo de esta denuncia.

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